Abasuly Reyes – jueves, 25 de agosto de 2011, 14:48

Según el Diccionario José Ferrater Mora, el término ‘inferencia’ (y el verbo ‘inferir’) son usados en diversos contextos: De la palidez del rostro de X, se infiere que X está enfermo; Del hecho de que χ es pesado, se infiere que χ es un cuerpo; De ‘p y q’ se infiere ‘ρ’; Dado ‘si p, entonces íf y ‘si q, entonces r, se infiere ‘si p, entonces r’, etc., etc. En vista de ello no es sorprendente que las definiciones dadas por los filósofos de ‘inferencia’ sean muy varias. Aun poniendo aparte nociones excesivamente vagas de la inferencia, como las que suelen usarse en el lenguaje cotidiano, puede hablarse de inferencia en varios sentidos. Poro pronto, se ha considerado que, aun definida la inferencia como el conjunto de todos los procesos discursivos, es menester distinguir entre dos tipos de tales procesos: los inmediatos y los mediatos. El proceso discursivo inmediato da origen a la llamada inferencia inmediata; en ella se concluye una proposición de otra sin intervención de una tercera. El proceso discursivo mediato da origen a la llamada inferencia mediata; en ella se concluye una proposición de otra por medio de otra u otras proposiciones.

Las inferencias inmediatas y mediatas reciben también respectivamente los nombres de procesos discursivos simples y complejos. Entre los últimos se han incluido la deducción, la inducción y el razonamiento por analogía .

Entre los primeros cuentan varias formas, que han sido descritas por algunos pensadores con mucho detalle. He aquí, por ejemplo, los tipos de inferencia inmediata propuestos por F. Romero y E. Pucciarelli: ( 1 ) Inferencia por conversión en la cual «el concepto-sujeto y el concepto predicado cambian mutuamente su papel en el juicio», como ocurre cuando de un juicio universal afirmativo (‘Tod o S es F ) se infiere el particular afirmativo (‘Algunos P son S’); cuando de un particular afirmativo (‘Algunos S son P’) se infiere el otro particular afirmativo (‘Algunos P son S’), o cuando del universal negativo (‘Ningún S es P’) se infiere otro universal negativo (‘Ningún P es S’). La conversión por negación, admitida por algunos autores, se refiere a la posibilidad de que pueda inferirse algo del juicio particular negativo, inferencia que otros autores niegan.

(2) Inferencia por contraposición, en la que «el sujeto y el predicado cambian entre sí su función respectiva, convirtiéndose, además, este último en su contradictorio y transformándose la cualidad del juicio», como ocurre cuando del juicio universal afirmativo (‘Tod o S es P’) se infiere el universal negativo (‘Ningún no-P es S’); cuando del particular negativo (‘Algunos S no son P*) se infiere el particular afirmativo ( ‘Alguno s no-P son S’), o cuando del universal negativo (‘Ningún S es P») se infiere el particular afirmativo (‘Algunos no-P son S’).

(3) Inferencia por cambio de relación, donde se altera la relación del juicio, como ocurre cuando, por ejemplo, de un juicio categórico se infiere el correspondiente hipotético (De ‘S es P’ se infiere ‘Si es S es, P es’).

(4) Inferencia por sub alternación, en la que «se pasa de la esfera total del concepto-sujeto a una parte de la misma, o de una parte a la esfera total», interviniendo entonces la cantidad del juicio, como cuando de la verdad de un juicio universal categórico afirmativo o negativo se infiere la de los correspondientes juicios particulares (De ‘Todo S es P’ se infiere ‘Algunos S son P’, ‘Ningún S es P» o ‘Algunos S no son Ρ’), ο cuando de la falsedad del particular se infiere la del universal (Si es falso que algunos S son P, es también falso que todo S es P) .

(5) Inferencia por equipolencia, donde la equipolencia es definida como «la relación existente entre dos juicios cuya cualidad es distinta, pero cuyo sentido es el mismo por ser el predicado del uno contradictorio del predicado del otro», como ocurre cuando hay inferencia de los juicios universales (De ‘Todo S es P’ se infiere ‘Ningún S es no-P», ‘Ningún S es P’, ‘Todo S es no-P) , o de los particulares (‘Algunos S son P’, ‘Algunos S no son no-P’, ‘Algunos S no son P’, ‘Algunos S son no-P’).

(6) Inferencia por oposición, que tiene lugar entre juicios contrarios, contradictorios y sub contrarios, como cuando de la verdad de un juicio se infiere la falsedad de su contrario (así, si es verdad que todo S es P, es falso que ningún S es Ρ, ο si es verdad que ningún S es P, es falso que todo S es P), lo cual no quiere decir que de la falsedad de un juicio se siga la verdad de su contrario; o bien como cuando de la verdad de un juicio se infiere la falsedad de su contradictorio (así, si es verdad que todo S es P, es falso que algunos S no son P; si es verdad que ningún S es P, es falso que algunos S son P; si es verdad que algunos S son P, es falso que ningún S es P; si es verdad que algunos S no son P, es falso que todo S es P), por lo que de la falsedad de un juicio se infiere la verdad de su contradictorio, o como cuando de la falsedad de un juicio se infiere la verdad de su sub contrario (así, si es falso que algunos S son P, es verdadero que algunos S no son P; o si es falso que algunos S no son P, es verdadero que algunos S son P), lo cual no quiere decir que de la verdad de un juicio se siga la falsedad de su sub contrario. (7) Inferencia por consecuencia modal, donde «la verdad de un juicio apodíctico trae consigo y permite inferir la verdad de tos juicios asertórico y problemático correspondientes; y la del asertórico la del problemático», lo cual no quiere decir que de la verdad del juicio problemático se infiera la del asertórico, ni que de la verdad del asertórico se infiera la del apodíctico.

Las anteriores formas de inferencia están basadas en la clasificación, hoy considerada por muchos como tradicional, de los juicios según cantidad, cualidad, relación y modalidad; especialmente importantes resultan en ellas los diversos pasos de lo universal a lo particular, de lo particular a lo universal y de lo particular a lo particular. Varios autores alegan al respecto que el nombre ‘inferencia inmediata’ resulta equívoco , pues no hay, propiamente hablando, inferencias inmediatas.

En cuanto a las inferencias mediatas, la lógica tradicional se refiere sobre todo a las que tienen lugar en el silogismo, si bien hay que tener en cuenta que aun en tal lógica se presentan numerosas inferencias no silogísticas. Varios auto res han intentado establecer una distinción entre inferencia lineal (cuyo ejemplo es el silogismo) e implicación. Es el caso de Bosanquet. Y algunos (como John Cook Wilson) lían hecho de la inferencia y no del juicio o de la implicación tema fundamental de la lógica.

En la lógica simbólica actual el problema de la inferencia es un problema metalógico ; se trata, en efecto, de sentar ciertas reglas (las llamadas reglas de inferencia) que permiten derivar una conclusión de unas premisas. Las inferencias pueden ser correctas o incorrectas según que sigan o no respectivamente la regla sentada. Las reglas de inferencia constituyen uno de los elementos del cálculo ; junto con el concept o de axioma y el de prueba, el concepto de regla de inferencia sirve para definir el concepto de teorema. Las reglas de inferencia varían de acuerdo con los cálculos que se establecen y con los modos de desarrollar tales cálculos. Así, hay ciertas reglas de inferencia en lógica para el cálculo sentencial, ciertas reglas para el cálculo cuantificacional, etc. Un ejemplo de regla de inferencia (en el cálculo sentencial) es la regla de separación. Esta regla se formula del modo siguiente: «Si un condicional y su antecedente son tomados como premisas, puede inferirse el consecuente como conclusión.» De acuerdo con ello: Si Benito bebe mucho, entonces Benito se emborracha: Benito bebe mucho;Por lo tanto, Benito, se emborracha.

De no haberse establecido dicha regla de unión, la conclusión ‘Benito se emborracha’ no sería admisible. Esta regla permite ver dos cosas:Una, que en el cálculo (y, en general, en todo proceso deductivo) no es suficiente la intuición: sólo la regla de inferencia justifica el paso dede una fórmula a otra fórmula. Olrn, que no debe confundirse una regla de inferencia (metalógica) con una fórmula (lógica). La citada regla deseparación no es equivalente al modus ponens , que es una tautología del cálculo sentencial. Observemos que el estudio de las reglas de inferencia como enunciados metalógicos ha sido más frecuente en la lógica del pasado de lo que parece a primera vista; así, por ejemplo, los indemostrables (v.) de los estoicos pueden ser considerados como reglas de inferencia del cálculo preposicional.

En la actual metalógica se han establecido diversos grupos de axiomas y de reglas de inferencia para cada uno de los cálculos. Una de las tendencias más patentes es la de reducir a un mínimo las reglas de inferencia, con el fin de cumplir con lo que puede calificarse de ley de economía. El aumento de las reglas de inferencia hace el cálculo a la vez más simple y más complicado: más simple, porque se evita el engorr o que supone en muchas ocasiones el uso de un número muy limitado de reglas de inferencia para los procesos deductivos; más complicado, porque requiere del lógico una mayor cantidad de razonamiento s para el desarrollo de los cálculos. El estudio de la inferencia no se limita a la lógica deductiva . En la lógica inductiva se precisan también reglas de inferencia. Además de ello, se ha hablado de inferencia experimental, entendiéndose por ella el conjunto de reglas que permiten establecer cadenas permisibles de enunciados dentro de una ciencia dada. El examen de la inferencia experimental está, sin embargo, todavía en un estadio mucho menos desarrollado y preciso que el de la inferencia en los sistemas deductivos.